Escribo el presente artículo debido a que recibo muchas consultas por parte de mis alumnos como de empresarios y amigos que recién se inician en el campo contable. Qué pasa si tengo una empresa a la cual le llevo la contabilidad y por un determinado periodo me olvide presentar el PDT Plame.
Entonces la infracción cometida es:
“No pagar dentro de los plazos establecidos los tributos retenidos o percibidos”, esto está estipulado en el Artículo 178, Numeral 4) del Código Tributario vigente; la sanción es el 50% del tributo retenido y no pagado:
1.- Como se calcula la Multa.
Como ejemplo supongamos para un trabajador con un sueldo de S/ 1,540.00 la ONP (13%) a pagar seria de S/ 200.00
La multa a pagar es el 50%. Haciendo el simple cálculo nos queda (S/ 200.00 x 50%) = S/ 100.00
2.- Comparamos con el 5% de la UIT
Hasta el momento la multa calculada es = S/ 100.00
El 5% de la UIT es (3950×5%) = S/ 197.50 = Redondeado quería: S/ 198.00 (Por lo tanto S/ 198.00 es mayor a S/ 100.00).
(Valor referencia UIT 2016)
3.- La Sanción para este caso sería S/ 198.00
Nos acogemos al régimen de gradualidad y la Rebaja seria del 95% siempre que se subsane Voluntariamente (R.S. Nº 180-2012).
Calculando seria: (S/ 198.00 x 95%) = S/ 188.10
La multa rebajada seria: (S/ 198.00 – S/ 188.10) = S/ 9.90 = (Redondeado seria: S/ 10.00)
4.- Calculo del Interés moratório
La tasa de interés moratorio establecido es del 0.04% diario o 1.2% Mensual.
Una simple multiplicación (Multa x tasa x tiempo transcurrido desde la fecha de vencimiento hasta la fecha de pago)
5.- Total al Pagar:
ONP ============= S/ 200.00 + intereses moratorios
ESSALUD ========= S/ 140.00 + intereses moratorios
Multa ============ S/ 10.00 + interese moratorios
GUIA PARA PAGO DE ESSALUD
GUIA PARA PAGO DE ONP
GUIA PARA PAGO DE MULTA – ONP